MORELIA, Mich., 18 de julio de 2011.- El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es una forma de maltrato a los menores, quienes ven en sus padres la garantía de seguridad y bienestar frente al mundo exterior. En un proceso de separación legal, ambos progenitores pueden utilizar a los hijos como “armas” para dañar al cónyuge, sin percatarse que no sólo infligen daño a la ex pareja, sino también a los niños, advirtió Andrómeda Valencia Ortiz, académica de la Facultad de Psicología (FP) de la UNAM.
Se utiliza información que es falsa o que está manipulada por un adulto, con la finalidad de obtener una respuesta específica, en su propio beneficio. En la mayoría de los casos, las consecuencias para los pequeños son irreversibles si no son tratados por especialistas.
También debe atenderse a quien ejerce este maltrato, pues ya perdió el límite entre una batalla legal y el daño que puede provocar en sus hijos, al utilizarlos como “elementos de guerra”, puntualizó la también jefa del Centro de Servicios Psicológicos Dr. Guillermo Dávila, de la entidad universitaria.
Si uno de los progenitores es señalado como el culpable de la ruptura familiar, los menores sufren un gran impacto emocional y entran en confusión por la información que reciben. La separación altera su rendimiento académico y su funcionamiento social, al no existir claridad acerca de lo que sucede.
Así, los niños en etapa preescolar, entre los cuatro y seis años, confiarán en uno de los adultos. En fases más avanzadas, se complica la detección del trastorno. Por ejemplo, padre o madre favorecen esta respuesta emocional, pueden utilizar el chantaje, bienes materiales y datos falsos para convencer al vástago de las ventajas de permanecer a su lado.
En general, la situación presiona a los hijos, altera sus respuestas emocionales, manipula su forma de pensar, porque se altera la imagen y relación del pequeño con sus progenitores.
Asimismo, puntualizó que esta situación repercute a futuro en las relaciones sociales de los menores, quienes presentan cuadros de ansiedad y depresión.
El síndrome
En 1985, Richard Gardner, psiquiatra y psicoanalista estadounidense, creó el término Síndrome de Alienación Parental, después de evaluar diversos casos de divorcios conflictivos o destructivos, para referir al conjunto de comportamientos que resultan del proceso por el que la madre o el padre, mediante distintas estrategias, transforman la conciencia de sus hijos, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir los vínculos con el otro.
Ello implica que el infante tendrá una idea distorsionada sobre uno de sus padres, contra el que se dirige el ataque. Se lastima la relación y favorece la aparición de problemas emocionales, explicó Valencia Ortiz.
El término de este síndrome no es aceptado por la Organización Mundial de la Salud, ni por la Asociación Americana de Psiquiatría. Esta última analiza la posibilidad de incluirlo en la próxima edición del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, contemplada para mayo de 2013.
La especialista mencionó que no existen estrategias para identificar, con claridad, si una persona es víctima de alienación parental o si los padres simplemente están desorientados y utilizan cierta información, sin darse cuenta del efecto que puede tener.
Importancia de lo parental
En la familia adquirimos recursos básicos de convivencia, control de emociones, autoestima, manejo de problemas y toma de decisiones. En un ambiente sano, donde los niños se sienten valorados, amados y seguros, si un integrante provoca aversión, estos elementos no se desarrollan totalmente.
Valencia Ortiz resaltó que la imagen de los ascendientes es uno de los pilares fundamentales del desarrollo emocional de cada individuo. Al ser sana, se favorece el crecimiento personal. “A nivel neurobiológico facilita la maduración del sistema nervioso central, relacionado con un mejor funcionamiento”, explicó.
Legislación
El 7 de septiembre de 2004 entraron en vigor reformas a los códigos Penal, Civil y de Procedimientos Civiles, referentes a la Guarda, Custodia y Derechos de Convivencia en el Distrito Federal. En el Código Civil se incluyó el término del Síndrome de Alienación Parental, en el artículo 411.
Establecía que quien ejerciera la patria potestad debería procurar el respeto y acercamiento de los menores con el otro padre que también ejerza la patria potestad. En consecuencia, cada uno de ellos debe evitar cualquier acto de manipulación o alienación parental encaminada a producir en los niños rencor o rechazo.
En diciembre de 2006, la ALDF aprobó otra medicación del artículo, que eliminó el concepto de SAP del Código Civil, por la controversia que suscitó su inclusión.
Los cambios legislativos incluyeron la figura jurídica de guarda y custodia compartida, por medio de la que se establece que las parejas separadas o divorciadas tienen los mismos derechos y obligaciones con los hijos.
Además, en los cambios legislativos de 2006, se creó la figura de asistente de menores. Son psicólogos, trabajadores sociales y pedagogos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en el DF, quienes deben brindar protección psicológica a los pequeños, al hablar a solas con el juez para exponer su situación familiar.
Niños, los más afectados en el divorcio
De acuerdo a las cifras del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), en 2010 se registró un aumento de 3.8 por ciento en el número de separaciones; de enero a octubre de ese año se contabilizaron 27 mil 299 demandas de divorcio, mil 31 más que las 26 mil 268 celebradas en el mismo periodo de 2009.
En el país, según las Estadísticas Vitales 2008, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), ocurren 13.9 divorcios por cada 100 matrimonios. En 2000, la relación era de 7.4, y en 1980, de 4.4.
Valencia Ortiz concluyó que en los procesos de separación debe protegerse a los infantes de los problemas entre la pareja en conflicto, en particular, si a los padres se les olvida salvaguardar la integridad emocional de sus hijos.
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