España condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya que ha vulnerado el derecho humano del respeto a la vida familiar (alienación parental):Caso K. A. B. contra España, TEDH (Sección 3ª), sentencia de 10 abril 2012.
El padre soporta privación del contacto con su hijo, quien tras la expulsión de España de la madre, fue llevado a un centro asistencial y posteriormente asignado a una familia de acogida hasta su adopción: pasividad de la Administración frente a la expulsión de la madre y la situación de desamparo en la que quedaba el menor, de trece meses: ausencia de la celeridad exigible en estos asuntos y de las medidas adecuadas y suficientes para obtener la reagrupación familiar del padre con su hijo: violación del art. 8 del Convenio.
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