Fin del combo “niños+casa+pensiones”
El espacio (la vivienda) para los niños y el tiempo (de convivencia de los niños con sus progenitores) igual por turnos. Un fallo judicial de custodia compartida pionero en Asturias, del Magistrado D. Ángel Luis Campo del juzgado de primera instancia número 8 de Gijón: «ante una crisis matrimonial lo que se rompe es la pareja y no las relaciones parentales de los hijos con cada uno de sus progenitores»
¿Cómo puede ser noticia un caso de Justicia aplicada elemental?
Un juez deja a dos niños la casa de sus padres separados, que tendrán que cuidarlos por turnos
Los hijos de dos funcionarios gijoneses se convierten en los «propietarios» de la vivienda y los padres tendrán que buscarse otro domicilio
Un juez deja a dos niños la casa de sus padres separados, que tendrán que cuidarlos por turnos
Gijón
R. GARCÍA
El magistrado del juzgado de primera instancia número 8 de Gijón, Ángel Luis Campo, acaba de dictar un auto pionero en Asturias en relación con la custodia compartida de los hijos de un matrimonio separado. Los dos hijos de una pareja de funcionarios gijoneses, de 4 y 6 años de edad, serán a partir de ahora los «propietarios» de la vivienda familiar y sus padres harán uso de ese domicilio en periodos alternos de seis días. De esta forma, los menores no tendrán que desplazarse temporalmente a los nuevos domicilios de su padre y de su madre separados, y no sufrirán el mal de los «niños maleta» que afecta a los hijos de padres en trámite de divorcio.
Según la orden del juez, la custodia se ejercerá por turnos: el padre disfrutará de los pequeños durante sus seis días de descanso y la madre los siguientes seis, siempre en el que fue el domicilio conyugal. En este fallo judicial, el magistrado de familia gijonés parte de la base de que «ante una crisis matrimonial lo que se rompe es la pareja y no las relaciones parentales de los hijos con cada uno de sus progenitores» y hace hincapié en la máxima de que «el juez está obligado a adoptar las medidas que mejor protejan los intereses de los hijos menores de edad».
Una vez expuestas estas dos premisas básicas, Ángel Luis Campo Izquierdo estudia el caso particular de estos dos gijoneses, funcionarios de profesión, y considera que la custodia compartida es la mejor opción para ambos. «Los dos han manifestado que el otro es buen progenitor y tiene buena relación con los hijos», asegura el juez. Además ambos tienen disponibilidad horaria, ayuda de sus familias y el Ministerio Fiscal informó favorablemente de la custodia compartida. El magistrado enarbola por último, para justificar su auto, «el derecho de los hijos a estar el máximo tiempo posible con su padre y con su madre».
En el desarrollo de las medidas cautelares, el juez establece una repartición igualitaria de la estancia con los hijos. Los niños estarán con su padre durante los seis días que éste descanse. Su madre tomará el testigo los siguientes seis días. Cada uno de los progenitores se repartirá las vacaciones de los niños. Los gastos serán compartidos, el piso quedará para los menores y los coches se repartirán: uno para cada uno de los padres. También serán repartidas de manera equitativa las cargas económicas. Cada miembro de la pareja se hará cargo de los gastos que tenga su hijo. Los extraordinarios se repartirán al 50 por ciento.
El proceso judicial de esta pareja continuará ahora a partir de estas bases. En los próximos días el juez les llamará a declarar en una vista oral y se conocerá la sentencia definitiva. En el auto judicial, el juez Campo ofrece a esta pareja un decálogo de medidas educativas en el que además les aconseja «que acudan a la mediación familiar para buscar todas las soluciones posibles con el debido asesoramiento de sus letrados». Estos son, por tanto, los primeros pasos de un proceso de divorcio que cuenta con la singularidad de la decisión marcada por este juez gijonés.
Aragón y Cataluña ya han aprobado una ley que regula la custodia compartida. Asturias, como autonomía sin derecho foral, depende para esta regulación de las decisiones que tome el Gobierno central. La ley del divorcio de 2005, la que actualmente está vigente en la comunidad autónoma, establece que la custodia compartida responde a una «situación excepcional» y solo se debe conceder si el Ministerio Fiscal informa favorablemente. Éste último fue el caso de este padre gijonés, defendido por la letrada Sara Fernández de Celis, al que se ha concedido la custodia compartida.
A favor de esta medida, que cambia radicalmente el modelo de divorcio conocido en España, se sitúan padres y jueces. «La ley sigue siendo tremendamente machista en este sentido», asegura el presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados, Luis Manuel López. Su opinión es compartida en lo fundamental por el juez que ahora acaba de dictar este auto, Ángel Luis Campo: «Yo no doy visitas; si queremos igualdad de verdad, éste es el único camino».
El Ejecutivo asturiano, por el momento, descarta adoptar medidas legislativas para promover la custodia compartida y se mantiene a la expectativa de lo que ocurre en otras comunidades autónomas. La directora del Instituto Asturiano de la Mujer asegura que «debemos analizar muy bien la gravedad de la aplicación de este modelo en casos de violencia de género, en el efecto disuasorio que esta medida puede tener para las mujeres y el instrumento tan peligroso que ponemos en manos del maltratador».
La sentencia no es sólo pionera, sino que además el juez Campo añade en ella un decálogo de consejos para ambos padres, de cara a la mejor calidad de vida de los dos menores afectados por el divorcio.