Una cosa es educar en lugar del progenitor, in loco parentis, y otra cosa es educar contra el progenitor, contra parentem
Una cosa es remendar la relación con el progenitor ausente y otra rematar dicha relación. Si un niño es educado por el progenitor custodio “contra” el progenitor ausente o visitante, y el coste efectivo por ello para el custodio tiende a cero, el progenitor ausente será excluido, “rematado” psíquicamente. Todo ello, por supuesto, “en interés superior del menor”, y no, como pudiera parecer, en interés del custodio perverso y/o del Juez.