Crece la alienación parental institucional: El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la Generalitat a indemnizar con casi un millón de euros a unos padres biológicos a los que rompió el vínculo con su hijo; y un Magistrado de Jaén dispone que la Junta de Andalucía debe indemnizar al padre por el tiempo que estuvo sin ver a sus 4 hijas.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la Generalitat a indemnizar con casi un millón de euros a unos padres a los que rompió el vínculo con su hijo al darlo en adopción a otra pareja sin tener en cuenta sus progresos en un centro de desintoxicación de drogas.
Los padres biológicos, que ya no podrán recuperar a su hijo, tienen derecho a recibir una indemnización por parte de la Generalitat de 980.000 euros al considerar el tribunal que el entonces Departamento de Bienestar Social y Familia no valoró la evolución positiva de la pareja, según ha informado el gabinete de abogados IPSUM, que asistió a los progenitores.
Los hechos ocurrieron después de que los padres biológicos ingresaran voluntariamente en un centro de desintoxicación tras nacer su hijo, si bien la Generalitat calificó su estado de extremadamente frágil y sin posibilidad de recuperación, con lo que se abrió un procedimiento de acogimiento del menor que culminó con su adopción definitiva por otra familia.